
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), entendiendo la proyección internacional del evento de belleza de mayor difusión de Latinoamérica, se ha integrado en carácter de Sponsor a Miss Atlántico Internacional. La firma de los documentos, realizada el pasado martes 23, estuvo a cargo del señor Francisco Zunino en representación de INAVI y la señora Ana María Rodríguez, por Miss Atlántico Internacional.
En la actualidad (a partir del año l988), el organismo rector de la vitivinicultura nacional es el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), cuya naturaleza jurídica de derecho público no estatal (así lo dispuso su ley de creación 15.903 de 10 de noviembre de l987), puede considerarse moderna desde el punto de vista jurídico pues tiene gran descentralización del esquema del Estado, con autonomía en materia financiera y laboral, lo que asegura el cumplimiento de los fines asignados por la referida ley con absoluta independencia técnica y política; sin perjuicio de que por la particular importancia de sus cometidos, en la medida que regula una actividad de interés público, se le ha conferido el rango de persona jurídica de derecho público.
INAVI está dirigido y administrado por un Consejo de Administración de nueve miembros integrado por: tres delegados del Poder Ejecutivo, designados por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (que lo preside), Ministerio de Industria Energía y Minería -y Ministerio de Economía y Finanzas; dos miembros designados por el sector viticultor; dos por el sector bodeguero; uno por los Grupos Crea de Viticultores; y uno por las Cooperativas Vitivinícolas.
En forma resumida se puede informar que sus atribuciones y cometidos son entre otros:
a) Promover el desarrollo de la vitivinicultura en todas su etapas mediante actividades de investigación, extensión y divulgación;
b) Estudiar y planificar el desarrollo de la economía vitivinícola, analizando en particular sus costos de producción, precios y mercados;
c) Incrementar, mejorar y promover la producción y distribución del material de multiplicación de la vid;
d) Asesorar con carácter general a los viveristas, viticultores e instituciones públicas, en el manejo del cultivo de la vid o su explotación racional;
e) Organizar la protección de los viñedos contra enfermedades plagas, virus, heladas y otras causas que afecten notoriamente el proceso productivo;
f) Desarrollar tareas de experimentación en el campo de la ecología vitícola y de la explotación de las industrias derivadas de la vid;
g) Promover y divulgar las cualidades de la uva y de sus derivados, propendiendo a incentivar el consumo;
h) Aplicar las normas, leyes y decretos vigentes relativos a las atribuciones y cometidos precedentes, para lo cual tiene la función de fiscalización en toda la actividad del sector;
i) Determinar y aplicar las sanciones por infracciones a las normas legales que regulan la actividad vitivinícola;
j) Ejecutar las sanciones que imponga, a cuyos efectos los testimonios de sus resoluciones firmes, constituyen títulos que traen aparejada ejecución.
Además de estos cometidos asignados específicamente, el INAVI es asesor preceptivo del Poder Ejecutivo en la fijación de precios mínimos; formas y condiciones de producción, elaboración, envasado, circulación, destilación, comercialización, importación y exportación de los productos vitivinícolas; tipificaciones, composición, calidad, potabilidad y actitud para el consumo y al respecto proyecta el dictado de todas las normas jurídicas vinculadas a estos aspectos.
El esquema de control desarrollado de base legal, comprende acciones coordinadas desde el viñedo hasta los subproductos de la vinificación y es complementado por controles analíticos químicos, microbiológicos y sensoriales, ajustándose a la normativa de la Organización Internacional de la Vid y el Vino en la materia. |